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Concurso de acreedores

GALLERY ALICANTE SL

CIF B54904263Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
426/12/201902/02/2021
Procedimiento
732/2019
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal02/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 732/2019Auto 10/12/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso02/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 732/2019Auto 10/12/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Declaración de concurso12/01/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de AlicanteProc. 732/2019Auto 10/12/2020

    Edicto Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 732/2019-R sobre declaración de concurso de la mercantil Gallery Alicante, S.L., con domicilio en calle Jerusalén 13 de Alicante y C.I.F. nº B54904263, se ha dictado auto de fecha 10 de diciembre de 2020, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: "DISPONGO:La conclusión del presente procedimiento concursal, por insuficiencia de masa activa. Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores. Se declara la extinción de la entidad mercantil Gallery Alicante, S.L., y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Publíquese la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado, y publíquese en el Boletín Oficial del Estado. Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda. Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, haciéndoles saber que contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno (artículo 481.1 del TRLC). Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, don Leandro Blanco García-Lomas, magistrado-juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Alicante, en funciones de sustitución del magistrado-juez titular del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante. " Se expide el presente en Alicante, 10 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

  4. Otro acto concursal26/12/2019
    ⚖️ ALICANTEAuto 21/11/2019

    Edicto. Doña María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado [CNA] - 000732/2019 - R en los que se ha dictado el 21 de noviembre de 2019, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Gallery Alicante, S.L., con domicilio en la calle Jerusalén,13, Alicante, C.I.F. número B-54904263, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 3.915, libro 0, folio 175, hoja A-148249, inscripción 1.ª. Facultades: Se decreta la suspensión de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Identidad de la Admón. Concursal: A la Mercantil100 AACC Administradores Concursales, S.L.P., CON C.I.F.B-93285427, domiciliada en el plaza de las Flores, n.º 7, 4.º (29005-Málaga), teléfono 902005398 habiendo nombrado para que le represente a don Juan Antonio Armada Villalta, economista y abogado, con N.I.F. 25090689-N, con domicilio en la calle Pagres, n.º 3, 03530 de La Nucia (Alicante), teléfono 902005398, Fax 910911724, correo electrónico [email protected]. Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 16 de diciembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Pilar Solanot García.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.