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Concurso de acreedores

FUSTITEX SLL

CIF B62031901Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 22/09/2014 → 22/09/2014
Procedimiento
267/2014

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso22/09/2014
    ⚖️ BARCELONAProc. 267/2014Auto 03/09/2014

    Edicto de declaración de concurso Don Francesc Xavier Rafi Roig, Secretario/a judicial del Juzgado Mercantil n.º 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 267/2014, Sección C4. Fecha del auto de declaración: 26/05/2014. Clase de concurso: Abreviado con liquidación. Entidad concursada: FUSTITEX, S.L.L. con domicilio en con CIF B-62.031.901 y domicilio en carretera de Rubí, 214, de Terrassa (Barcelona). Administradores concursales: Monereo Meyer Marinel-lo Resolvenz, S.L.P., con domicilio profesional en paseo de Gracia, 98, 3r, (08008) Barcelona, que ha designado como persona física al abogado D. José M.ª Rocalba Méndez. Recepción de créditos en: Dirección postal: Paseo de Gracia, 98 3r (08008) Barcelona, teléfono 93 4881042, fax 93 4960332. Dirección electrónica: [email protected]. Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Registro público de Resoluciones Concursales: www.publicidadconcursal.es. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones; Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 3 de septiembre de 2014.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.