Concurso de acreedores
FRUYTUR SA
CIF A53020285Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 08/06/2013 → 29/01/2015
- Procedimiento
- 05/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/01/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteAuto 13/01/2015
Juzgado de lo Mercantil número 1. Calle Pardo Gimeno, 43. Teléfono. N.I.G.: 03014-66-2-2013-0000639. Procedimiento: Concurso abreviado - 000276/2013 I. Sección: Primera. Edicto Dña. CRISTINA CIFO GONZÁLEZ, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen auto concurso de acreedores n.º 276/13, en que se ha dictado con fecha 13 de enero de 2015, auto cuya parte dispositiva es de este tenor literal: 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de FRUYTUR, S.A. con C.I.F. A-53020285. 2. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4. Se acuerda la extinción de FRUYTUR, S.A. decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 24 de julio de 2014. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el BOE de forma gratuita y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra esta resolución no cabe recurso (art. 177). Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma el Iltmo/a. Sr./a D/Dña. RAFAEL FUENTES DEVESA, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe. Alicante, 13 de enero de 2015.- Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal11/07/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteAuto 20/05/2013
Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se sigue procedimiento concursal n.º 276/13 I declarado por auto de fecha 20 de mayo de 2013, que fue anunciado por medio de edicto publicado en Boletín Oficial del Estado de fecha 8 de junio de 2013, habiéndose omitido en dicho edicto que dicho auto de fecha 20 de mayo de 2013 también declara la disolución de la mercantil Fruytur, S.A., con CIF A-53020285, y el cese de los Administradores o liquidadores, que son sustituidos por la Administración concursal, así como consta que el deudor ha interesado la liquidación. Alicante, 27 de junio de 2013.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal08/06/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteProc. 05/2013Auto 28/05/2013
Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 20/05/2013 en el procedimiento con número de autos 276/13-I, y NIG 03014-66-2-2013-0000639, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Fruytur, S.A., con CIF A-53020285, y con domicilio en Partida Segorb, s/n, polígono industrial, 03100 Jijona (Alicante). Segundo.-Que al deudor se le han suspendido sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado administrador concursal D. Alejandro Latorre Atance en calidad de Economista con domicilio postal en avenida de Loring, s/n, Centro de Negocios Muelle de Poniente Alicante, teléfono 902050370, y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 28 de mayo de 2013.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.