Inicio›Justicia›FRIO CABALLERO SL
Concurso de acreedores
FRIO CABALLERO SL
CIF B73309668Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 05/12/2012 → 06/05/2019
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia
Cronología del expediente
- Declaración de concurso06/05/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaAuto 29/04/2019
EDICTO Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, Hago saber: Que en el procedimiento de concurso seguido ante este Juzgado con el número 314/12 de la mercantil Frio Caballero, S.L., con Cif B-73309668 se ha dictado la resolución de fecha 09/04/19 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Frio Caballero, S.L. Se acuerda la extinción de la persona jurídica así la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC. Cesan las limitaciones de las facultades de Administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC. Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, doy fe. Murcia, 29 de abril de 2019.- La Letrada de la administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
- Declaración de concurso24/04/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº2 de MurciaAuto 09/04/2019
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, Hago saber: Que en el procedimiento de concurso seguido ante este Juzgado con el número 314/12 de la mercantil Frío Caballero, S.L., con CIF B-73309668 se ha dictado la resolución de fecha 9 de abril de 2019 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de Frío Caballero, S.L. Se acuerda la extinción de la persona jurídica así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 LC. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 LC. Lo acuerda y firma Javier Quintana Aranda, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Mercantil nº2 de Murcia, doy fe. Murcia, 15 de abril de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
- Otro acto concursal04/04/2013⚖️ MURCIAAuto 07/03/2013
E d i c t o D/Dª. Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia: 1.- Que en el Sección I Declaración concurso 0000314 /2012, referente al deudor Frío Caballero S.L., con CIF b-73309668 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Murcia, 7 de marzo de 2013.- La secretaria Judicial.
- Declaración de concurso05/12/2012⚖️ MURCIAAuto 22/11/2012
Edicto. Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000314 /2012 se ha dictado en fecha 22/11/12 auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Frío Caballero, S.L.", con CIF B-73309668, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Vereda Salinas Reales, número 5, de Sangonera La Seca (Murcia). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que serán sometidas al Administrador concursal designado mediante su autorización o conformidad. Se ha designado, como administración concursal a don Antonio Hernández Espinosa, economista, con domicilio postal en calle Esperanza, número 3, 1.º-C, 3.ª escalera (30009 Murcia), y dirección electrónica [email protected] señaladas para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". Murcia, 22 de noviembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.