InicioJusticiaFRAVICMA SL

Concurso de acreedores

FRAVICMA SL

CIF B12042263Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
708/04/201507/06/2022
Procedimiento
000603/2014 · 603/2014 · 03/2021
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón · JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº1 DE CASTELLON

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal07/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000603/2014Auto 30/03/2022

    Publicación sin texto en el registro — consulte el PDF o la fuente oficial.

  2. Conclusión del concurso07/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000603/2014Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 30/03/2022

    VER ANEXO

  3. Conclusión del concurso12/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 603/2014Juez : MARIA DE LAS MERCEDES CHECA MOYAAuto 30/03/2022

    Se declara la CONCLUSIÓN del presente concurso de FRAVICMA SL, así como el archivo de las actuaciones, con todos los efectos que son su legal y necesaria consecuencia

  4. Otro acto concursal18/03/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónProc. 03/2021Auto 05/03/2021

    Publicación sin texto en el registro — consulte el PDF o la fuente oficial.

  5. Otro acto concursal14/03/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 603/2014Juez : M DE LAS MERCEDES CHECA MOYAAuto 05/03/2021

    NOMBRAMIENTO NUEVO ADMINISTRADOR CONCURSAL

  6. Otro acto concursal14/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº1 DE CASTELLON Proc. 000603/2014Juez : ISABEL BOGUÑA PACHECOAuto 03/03/2021

    Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num 671/2020 habiéndose dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Sallo Food&Beverage SL habiéndose acordado la conclusión del concurso.

  7. Otro acto concursal08/04/2015
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAAuto 03/02/2015

    Publicación sin texto en el registro — consulte el PDF o la fuente oficial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.