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Concurso de acreedores

FRANJUAN OBRAS PUBLICAS SL

CIF B46313599Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
611/11/201026/02/2021
Procedimiento
1114/2010
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal26/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 1114/2010Juez : JUAN JOSE HURTADO YELOAuto 14/07/2020

    PUBLICIDAD INFORME ADMINISTRACION CONCURSAL

  2. Otro acto concursal26/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 1114/2010Juez : JUAN JOSE HURTADO YELOAuto 14/07/2020

    PUBLICACION DEL INFORME DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL

  3. Otro acto concursal26/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 1114/2010Juez : ISBABEL FERRER SAMA PEREZAuto 14/07/2020

    DECLARACION CONCURSO VOLUNTARIO

  4. Conclusión del concurso26/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 1114/2010Juez : LAURA BEJEARANO GORDEJUELAAuto 14/07/2020

    ARTICULO 585

  5. Conclusión del concurso10/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 1114/2010Auto 14/07/2020

    Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Ordinario [CNO] - 1114/2010 Voluntario, de la deudora Concursada FRANJUAN OBRAS PUBLICAS, S.L., con CIF N.° B46313599, con domicilio en Carretera de Sellent, km 1,200, de Sellent (Valencia), Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 1788, libro 597, Sec. 4.ª, Hoja 10621, Inscripción 1.ª, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 14 de julio de 2020 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez D. Jacinto Talens Seguí, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 14 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª José Roig Sapiña.

  6. Declaración de concurso11/11/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaProc. 1114/2010Auto 11/10/2010

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n.º 1114/2010, habiéndose dictado en fecha 11 de octubre de 2010 por el Ilmo/a. Sr./a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de "FranJuan Obras Publicas, S.L." y "Conzibe Espacios, S.L.", ambas con domicilio en carretera de Sellent, km 1,200, Sellent (Valencia) y CIF n.º B-46313599 y B-96688866, respectivamente, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia. Que se ha acordado la Intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformiad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 13 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.