InicioJusticiaFRANCO MONTEFERRATO SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

FRANCO MONTEFERRATO SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95308532Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
707/02/202205/12/2024
Procedimiento
20/2022
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO · Mercantil - 2 · MERCANTIL - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal05/12/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 20/2022Juez : HELENA AGUSTI PONSAuto 30/10/2024

    INFORME ADMINISTRADOR CONCURSAL

  2. Conclusión del concurso05/12/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 20/2022Juez : Raquel Zuil TejeroAuto 30/10/2024

    Se aprueba el plan de liquidación presentado por la administración concursal al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa

  3. Conclusión del concurso31/10/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 20/2022Juez : ZIGOR OYARBIDE DE LA TORREAuto 30/10/2024

    Se acuerda la conclusión del presente procedimiento concursal referente a la deudora FRANCO MONTEFERRATO SL por finalización de la liquidación. Se acuerda el cese de la administración concursal. Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora.

  4. Otro acto concursal28/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 20/2022Auto 27/01/2022

    Publicación sin texto en el registro — consulte el PDF o la fuente oficial.

  5. Otro acto concursal26/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 20/2022Juez : ALFONSO MERINO REBOLLOAuto 30/10/2024

    Declaro en situación legal de concurso voluntario a la entidad mercantil Decomakers, S. L.

  6. Otro acto concursal24/03/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 20/2022Juez : ZIGOR OYARBIDEAuto 22/03/2022

    EDICTO QUE ANUNCIA PRESENTACIÓN DE INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONURSAL

  7. Declaración de concurso07/02/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 20/2022Juez : ZIGOR OYARBIDE DE LA TORREAuto 02/02/2022

    AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO Y APERTURA DE FASE DE LIQUIDACIÓN

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.