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Concurso de acreedores

FRANCISCO FUERTES SA

CIF A08786691Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
328/01/201306/05/2017
Procedimiento
908/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación06/05/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de BarcelonaProc. 908/2012Auto 11/04/2017

    Edicto José Vela Pérez, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona, hago saber, que: En el Concurso abreviado 908/2012 - Sección quinta de Francisco Fuertes, S.A. con n.º de CIF A-08786691, domicilio en Parets del Valles, calle Garbí, n.º 18, Nave 7 (Pol. Ind. "Can Volart") por auto de fecha 5/04/2017 se ha abierto la fase de liquidación, reanudándose todos los efectos inherentes a la declaración del concurso. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta para la calificación del concurso; y en la que, dentro de los diez días siguientes a la última publicación edictal, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo puede personarse y ser parte y alegar por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable en razón de incumplimiento de convenio por causa imputable al concursado. Se repone en su cargo como administración concursal a Antonio García Marques, economista, domicilio en Rambla Catalunya, n.º 91-93, 4.º 3.ª, 08008 -Barcelona, número de teléfono 93.487.65.45 y dirección electrónica [email protected] En el plazo de quince días, computados desde la notificación de dicha resolución, la administración concursal debe presentar un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la parte concursada, conforme a lo dispuesto en el art. 148.1 LC. Asimismo, en el plazo de dos meses desde la aceptación del cargo, la administración concursal designada deberá proceder a presentar informe de actualización de los textos definitivos. En Barcelona, 11 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Convenio de acreedores13/11/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 908/2012Auto 24/10/2013

    Edicto. José Vela Perez, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 908/2012 se ha aprobado, mediante sentencia de fecha 24/10/2013, la propuesta de convenio presentada por la concursada Francisco Fuertes, S.A., con n.º de CIF A-08786691, y domicilio en Parets del Valles, calle Garbí, n.º 18, Nave 7 (Pol. Ind. "Can Volart"). Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Barcelona, 24 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal28/01/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 908/2012Auto 19/12/2012

    Edicto Secretario Judicial, D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil n.º 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 908/2012 se ha declarado, mediante auto de fecha 19/12/2012, el concurso voluntario de Francisco Fuertes, S.A. con n.º de CIF A-08786691, domicilio en Parets del Valles, calle Garbí, n.º 18, Nave 7 (Pol. Ind. "Can Volart"), en el que se ha decretado el mantenimiento de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado D. Antonio García Marques por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en Barcelona, Paseo de Gracia, n.º 76, pral. 2.ª, n.º de teléfono 93.487.65.45 o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el BOE del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar en su caso la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Barcelona, 19 de diciembre de 2012.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.