Inicio›Justicia›FRANCISCO EREÑAS BEJERANO, co
Concurso de acreedores
FRANCISCO EREÑAS BEJERANO, co
CIF N35042367Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 26/10/2019 → 26/10/2019
- Procedimiento
- 1956/2019
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona
Cronología del expediente
- Declaración de concurso26/10/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de BarcelonaProc. 1956/2019Auto 08/10/2019
Doña M. José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso consecutivo 1956/2019. Sección: / NIG: 0801947120198018121. Fecha del auto de declaración 8/10/19. Clase de concurso. Voluntario. Persona concursada. FRANCISCO EREÑAS BEJERANO, con 35042367G y con domicilio en calle Doña Blanca, 115, 08560 Manlleu (Barcelona) Administradores concursales. Antonio de Alba Quirós con domicilio en calle Balmes, 28, 3.º, 1.ª, de Barcelona y dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C)- Barcelona. Habiéndose acompañado el plan de liquidación con la solicitud del concurso, se da traslado por plazo de DIEZ DÍAS a la concursada y acreedores personados, a fin de que puedan formular alegaciones al mismo. Además en el mismo plazo los acreedores podrán hacer alegaciones a las concurrencias de los requisitos de necesarios para la exoneración del pasivo insatisfecho del deudor y podrán manifestarse, en su caso, sobre la concurrencia para la apertura de la Sección Sexta. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https//www.publicidadconcursal.es Barcelona, 8 de octubre de 2019.- El Letrado de la Administracion de Justicia, M. José Hompanera González.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.