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Concurso de acreedores
Francesc Xavier Sunyer Deu, co
CIF N36966853Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 14/09/2017 → 14/09/2017
- Procedimiento
- 256/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
- Administración concursal
- Se ha designado como administrador concursal: IBÁÑEZ ALMENARA ABOGADOS, S.L.
Cronología del expediente
- Declaración de concurso14/09/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 256/2017Auto 16/06/2017
Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto: Concurso consecutivo 256/2017, Sección: C2. NIG: 0801947120170002359. Fecha del auto de declaración: 16 de junio de 2017. Clase de concurso: Abreviado consecutivo. Voluntario. Entidad concursada: Francesc Xavier Sunyer Deu, con 36966853B, con domicilio en calle Septimania, 28, 3.° 1.ª, 08006 - Barcelona, Administradores concursales: Se ha designado como administrador concursal: IBÁÑEZ ALMENARA ABOGADOS, S.L. Dirección postal: Avda. Diagonal, 429, 2° 2 08036 Barcelona Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: No conserva sus facultades de administración y disposición, siendo sustituido en su ejercicio por la Administración concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo, por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 5 de julio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.