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Concurso de acreedores

FRAGARCI SL

CIF B04334488Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
222/03/201922/04/2019
Procedimiento
787/2018

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso22/04/2019
    ⚖️ ALMERÍAProc. 787/2018Auto 12/04/2019

    El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de La Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 787/2018, con NIG 0401342120180021845 por auto de 12 de abril de 2019 se ha estimado el recurso de reposición interpuesto por la Procuradora doña María del Carmen Sánchez Cruz, en nombre y representación de Fragarci, S.L. frente al Auto de 8 de marzo de 2019 y en consecuencia, 2º.- Se mantiene la declaración de concurso voluntario del deudor FRAGARCI, S.L., con C.I.F. B04334488 y domicilio en Avenida 28 de febrero, s/n, 04800, Albox (Almería), cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 3º.- Que en el mismo Auto se acuerda simultáneamente la conclusión del concurso por insuficiencia de masa. 4º.- Se acuerda la extinción de Fragarci, S.L. y la cancelación de la misma en el registro mercantil. 5º.- Quedan sin efecto el resto de pronunciamientos de la resolución recurrida y en concreto los referentes al nombramiento de Administración Concursal. Almería, 12 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Ángeles Bossini Ruiz.

  2. Otro acto concursal22/03/2019
    ⚖️ ALMERÍAProc. 787/2018Auto 08/03/2019

    El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 787/2018, con NIG 0401342120180021845 por auto de 8 de marzo de 2019 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor FRAGARCI, S.L., con C.I.F. B04334488, domicilio en avenida 28 de febrero s/n, 04800, Albox (Almería) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración Concursal designada ha sido CALERO GUILLÉN CLIMENT ADMINISTRACIONES CONCURSALES, S.L.P., con C.I.F. B98394992 y representada por su administrador solidario don Santiago Guillén Grech, con NIF 29197753N, domicilio postal en calle Trajano número 9, 6.º B, 04001 de Almería. Teléfono: 961451561, fax: 960614813 y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de la sede judicial electrónica. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Almería, 18 de marzo de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.