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Concurso de acreedores

FORO PATRIMONIAL SL

CIF B62351747Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
102/04/201302/04/2013
Procedimiento
18/2013

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso02/04/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 18/2013Auto 25/02/2013

    María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 18/2013-B. Tipo de concurso.- Concurso voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- "Foro Patrimonial, S.L.", CIF B-62351747. Fecha del Auto de declaración.- 31-1-2013. Administradores concursales.- "Miliners Abogados y Asesores Tributarios, S.L.P.", con domicilio calle Pau Claris, 179 pral., 08037 Barcelona (Barcelona ), y teléfono 932720180, y en calidad de abogado y dirección electrónica:concursal@ miliners.com. Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 25 de febrero de 2013.- La Secretaria.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.