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Concurso de acreedores
FONTANERIA INTEGRAL E INCENDIO SL
CIF B41825217Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 15/04/2010 → 15/04/2019
- Procedimiento
- 172/2010
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/04/2019⚖️ SEVILLAProc. 172/2010Auto 10/04/2019
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia: Que en el procedimiento número 172/2010-9, por Auto de fecha cinco de abril de dos mil diecinueve, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor Fontanería Integral e Incendios, S.L., con CIF B41825217. La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente: Parte Dispositiva Acuerdo: 1º.- La conclusión del proceso concursal de Fontanería Integral e Incendios, S.L., con CIF B41825217 llevado en este mismo juzgado con el número 172/2010-9. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 2º.- El cese del Administrador Concursal designado, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de 5 días, entregando la credencial. 3º.- La declaración de extinción de la sociedad Fontanería Integral e Incendios, S.L., con CIF B41825217 y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. 4º.- Notificar el extracto de esta resolución en el BOE. Sevilla, 10 de abril de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Gálvez Muñoz.
- Otro acto concursal15/04/2010⚖️ SEVILLAProc. 172/2010Auto 18/03/2010
Edicto El Juzgado Mercantil número uno de Sevilla, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 172/2010, por auto de 12/03/2010, se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Fontanería Integral e Incendios, S.L., con C.I.F. B-41825217 y domicilio en Sevilla c/ Renio, 17, C.P. 41007. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 18 de marzo de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.