Inicio›Justicia›FONOTEX SOCIEDAD ANONIMA
Concurso de acreedores
FONOTEX SOCIEDAD ANONIMA
CIF A41357195Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 06/08/2016 → 23/07/2020
- Procedimiento
- 683/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Cronología del expediente
- Otro acto concursal23/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 683/2016Auto 30/06/2020
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal23/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 683/2016Auto 30/06/2020
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso23/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 683/2016Juez : CARLOS NIETO DELGADOAuto 30/06/2020
¿.se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa, 176 bis 2 y 3. 2º ¿..
- Otro acto concursal16/07/2020⚖️ SEVILLAProc. 683/2016Auto 13/07/2020
E D I C T O El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA Que en el procedimiento número 683/2016, referente al deudor Fonotex, S.A., con CIF número A41357195, y domicilio en Sevilla, en el Polígono Industrial La Negrilla, manzana 12, calle Pino Siberia, naves 5 y 6, por auto de fecha treinta de junio de dos mil veinte, se ha acordado lo siguiente: 1.-La conclusión del proceso concursal de la entidad Fonotex, S.A., llevado en este mismo Juzgado con el número 683/2016. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.-El cese de la administración concursal designada, aprobando la rendición de cuentas presentada por la mismo. 3.-La declaración de extinción de la sociedad Fonotex, S.A. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 13 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
- Conclusión del concurso13/07/2020⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 683/2016Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 30/07/2020
VER ANEXO
- Otro acto concursal06/08/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaAuto 12/07/2016
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 683/16, por Auto de 12 de julio de 2016, se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Fonotex, S.A., con CIF n.º A-41357195, y domicilio social en polígono industrial La Negrilla, manzana 12, en la calle Pino Siberia, naves 5 y 6, en Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC, directamente ante la Administración Concursal don Francisco Vázquez Romero, en su dirección en avenida Eduardo Dato, n.º 69, 6.ª planta, Edificio Galia, Sevilla, y correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 22 de julio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.