Concurso de acreedores
FOCUSCAN SL
CIF B82106345Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 30/11/2013 → 31/07/2023
- Procedimiento
- 215/2013
- Juzgado
- Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso31/07/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 215/2013Juez : Jorge Montull UrquijoAuto 24/07/2023
Edicto
- Otro acto concursal30/11/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 215/2013Auto 28/10/2013
Edicto Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 215/2013 referente al concursado Focuscan, S.L., se ha dictado auto por el magistrado don Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 24 de octubre del 2013, en el Concurso Voluntario Abreviado con N.I.G.: 28079100033692013 CIF: B-82106345. 2.º El concursado conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido ejercicio de éstas a la intervención de la Administración concursal, mediante su autorización o conformidad. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. 4.º La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador concursal don Francisco Javier Torres Herrera, con domicilio profesional, actualmente, en la calle Cactus, n.º 1, portal c, 1.º C, en Madrid 28039, y n.º de teléfono 971202210 y fax 971202403, así como correo electrónico [email protected], no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el boletín oficial del estado, indicando que el registro público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 lc). Madrid, 28 de octubre de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.