InicioJusticiaFLECA SANT DANIEL SA

Concurso de acreedores

FLECA SANT DANIEL SA

CIF A17200627Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
308/08/201502/08/2022
Procedimiento
743/2015
Juzgado
MERCANTIL GIRONA 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso02/08/2022
    ⚖️ MERCANTIL GIRONA 1Proc. 743/2015Juez : Miguel Angel ChamorroAuto 14/10/2020

    Que debo acordar y acuerdo: 1.- No aprobar el plan de liquidación ante la inexistencia de bienes que liquidar. 2.- Ordeno la formación de la Sección 6ª de calificación q

  2. Otro acto concursal13/07/2021
    ⚖️ MERCANTIL GIRONA 1Proc. 743/2015Juez : MARÍA JOSÉ HERNÁNDEZ CABALLEROAuto 14/10/2020

    PRESENTACIÓN DEL PLAN DE LIQUIDACIÓN Y PLAZO DE 15 DÍAS PARA OBSERVACIONES Y PROPUESTAS DE MODIFICACIÓN AL MISMO. (VER EDICTO)

  3. Declaración de concurso08/08/2015
    ⚖️ GIRONAAuto 17/07/2015

    Edicto de declaración de concurso Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objecto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado: Número de asunto: 743/15. Fecha del auto de declaración: 06-07-2015. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: Fleca de Santa Daniel, S.A. CIF de la concursada: A17200627. Domicilio de la concursada: C/ Sant Daniel, 19 Administración concursal: ACG, Sociedad Profesional de Abogados, Auditores y Economistas, Administradores Concursales, S.L. - Dirección postal: Joan Obiols, 11, de 08034 Barcelona. - Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de estas a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona (Avda. Ramon Folch, núm. 4-6, de 17001 Girona). Girona, 17 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.