Concurso de acreedores
FITLEADERS SL
CIF B87015897Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 16/05/2017 → 26/02/2020
- Procedimiento
- 362/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid · MERCANTIL - 9
Cronología del expediente
- Otro acto concursal26/02/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 362/2017Auto 14/02/2020
EDICTO Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 362/2017, por auto de fecha 14/02/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por finalización de la fase liquidación, de la mercantil Fitleaders, S.L., CIF: B87015897. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 14 de febrero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
- Conclusión del concurso21/02/2020⚖️ MERCANTIL - 9Proc. 362/2017Juez : TERESA VAZQUEZ PIZARROAuto 14/02/2020
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- Declaración de concurso16/05/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 9 de MadridProc. 362/2017Auto 09/05/2017
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, 1.- Que en el concurso nº 362/2017, por auto de fecha 09/05/2017, se ha declarado en concurso -voluntario- que se tramitará por el procedimiento abreviado, a la entidad FITLEADERS, S.L., con CIF B-87015897, y con domicilio en Madrid, Calle Maldonado número 50, 10º, B. 2.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal designada, Dña. Nuria López Hernández, con despacho profesional sito en Calle Lombia, nº 8, bajo 6, 28009 Madrid, teléfono 655 62 77 40, con fax nº 902808367, y correo electrónico [email protected], la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración de concurso. 4.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 5.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 9 de mayo de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.