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Concurso de acreedores

FINURBA SA EN LIQUIDACION

CIF A03477916Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
314/05/201203/10/2012
Procedimiento
1/2009
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación03/10/2012
    ⚖️ ALICANTEProc. 1/2009Auto 07/09/2012

    Edicto. Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en fecha 7 de septiembre de 2012, se ha dictado auto de apertura de liquidación de la mercantil "Finurba, S.A.", con CIF n.º A-03477916, con domicilio en calle Goya, 4, Alcoy (Alicante), que se tramita en este Juzgado con el número 945/11-r cuya parte dispositiva es la siguiente: 1. Se decreta la apertura de la fase de liquidación 2. Se acuerda la suspensión de las facultades de aministración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos loss efectos previstos en el título III de la Ley Concursal. 3. Se declara la disolución de la mercantil concursada "Finurba, S.A.", con domicilio social en Alcoy, calle Goya, 4, con CIF n.º A-03477916, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, al tomo 1.149 general, folio 215, hoja 11.577, inscripción 1.ª, así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en lo que sea parte. 4. Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 5. Preséntese por la adminsitración concursal en el plazo de 15 días el plan de liquidación previsto en el artículo 148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración liquidatoria y las formas concretas propuestas en cada caso para su realización. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro mercantil. En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el "BOE" de forma grautita. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios/mandamientos vía telemática, informática y electrónica, entréguense al/a procurador/a del soliccitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararan los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal. Modo de impuganción: Mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, interponer ante este Juzgado en el plazo de cinco días, previo depósito de la suma de 50 euros, que deberá ingresar en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado abierta en el grupo Banesto consignando como código 02 y como concepto "pago recurso de apelación", sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC. y disposición adicional decimoquinta de la LOPJ añadida por la LO 1/2009 de 3 de noviembre). Se considera la apelación más próxima a los efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el artículo 197.4. A los efectos dichos déjese nota de esta resolución a los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta por parte que no esté personada en el proceso concursal general. Alicante, 7 de septiembre de 2012.- La Secretaria.

  2. Otro acto concursal19/09/2012
    ⚖️ ALICANTEAuto 03/09/2012

    El Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, anuncia: 1. De conformidad con el artículo 75 de la Ley Concursal, y conforme al art. 23, 95 y 96 LC, se dicta el presente edicto al objeto de dar publicidad a la presentación del informe por el/los Administrador/es Concursal/es, proveido por resolución de fecha 3 de septiembre de 2012, dictado en el concurso seguido en este Juzgado con el: 945/11-r y de la concursada Finurba, S.A., con CIF n.º A-03477916. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaria del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Haciéndoseles saber que frente al inventario y lista de acreedores los interesados podrán formular impugnaciones en forma de demanda (art. 192 LC y 399 LEC) presentada en Decanato, con identificación del proceso concursal al que se refieren y en el plazo de 10 días, que empezará a contar respecto de las partes personadas desde la notificación de esta resolución y para los demás interesados desde la última publicación general del edicto. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Alicante, 3 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial, Cristina Cifo González.

  3. Otro acto concursal14/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteAuto 25/04/2012

    Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero.-Que por Auto de fecha 16/04/12 en el procedimiento con número de autos 945/11 y NIG 03014-66-2-2011-0002078 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Finurba, S.A., con CIF A-03477916 y domicilio social en C/ Goya, n.º 4, Alcoy (Alicante), inscrita en el Registro Mercantil de Alicante en el Tomo 1.149 general, Folio 215. hoja 11.577, inscripción 1.ª Segundo.-Que el deudor Conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que ha sido nombrado Administrador concursal doña Carmen Valera Rodrigo, con DNI 19.901.041-S, en cualidad de abogada, colegiada del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia con domicilio postal en Alicante, Avda. Alfonso X El Sabio, n.º 27, 6.º E, teléfono 961496370 y dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 25 de abril de 2012.- La Secretaria judicial, Cristina Cifo González.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.