Concurso de acreedores
FINTERBOCS SL
CIF B61532560Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 27/10/2012 → 15/02/2017
- Procedimiento
- 622/2012
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/02/2017⚖️ BARCELONAProc. 622/2012Auto 15/12/2016
Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, Por el presente hago saber: Que en el concurso voluntario tramitado bajo el n.º 622/2012-B, de la entidad mercantil FINTERBOCS, S.L., con CIF B61532560, se ha dictado auto de fecha 15 de diciembre de 2016, en el cual se acuerda la conclusión del presente concurso por insuficiencia de bienes de la concursada, acordándose así mismo la extinción y cancelación de la inscripción registral de la concursada FINTERBOCS, S.L., así como la inscripción de conclusión del concurso y la extinción de la sociedad en el Registro público correspondiente y la publicación de dicha resolución en el BOE. Igualmente, en dicho auto se acuerda el cese de la Administración concursal desde la publicación del mismo, aprobando la rendición de cuentas formulada por la Administración concursal. Barcelona, 15 de diciembre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal27/10/2012⚖️ BARCELONAProc. 622/2012Auto 10/10/2012
Edicto. Doña Ana Eisman Curto, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 1 Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.I.G. 08019-47-1-2012-8002912 y n.º 622/2012 - B se ha declarado el concurso voluntario-principal de fecha 10 de octubre de 2012 de la mercantil FINTERBOCS, S.L. con C.I.F. n.º B-61532560 y domicilio en P.º Pere III, 45 (08242-Manresa), en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es D. Raimón-Llull Casanellas Bassols, con domicilio en Avd. Diagonal, n.º 329, 2.º-1.ª (08009 Barcelona) y correo electrónico www.acreedores.insolnet.es. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en Avd. Diagonal, n.º 329, 2.º-1.ª (08009-Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantos comunicados resulten necesarios o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 10 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.