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Concurso de acreedores
FIGUEROLA DISSENY SL
CIF B62160734Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 19/07/2014 → 22/10/2014
- Procedimiento
- 467/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso22/10/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 467/2014Auto 03/10/2014
Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 467/2014, en el que se ha dictado auto de archivo del procedimiento por insuficiencia de masa activa de la entidad Figuerola Disseny, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto: Concurso voluntario 467/2014 Sección C2. NIG del procedimiento: 08019 47 1 2014 8003685. Entidad concursada: Figuerola Disseny, Sociedad Limitada, con CIF n.° B62160734. Tipo de concurso: Voluntario. Fecha del auto de conclusión: 3 de octubre de 2014. Barcelona, 3 de octubre de 2014.- La Secretaria judicial.
- Declaración de concurso19/07/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 467/2014Auto 25/06/2014
Doña María Aranzazu Alameda López, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 467/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Figuerola Disseny, Sociedad Limitada, y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 467/2014, sección C2. NIG del procedimiento.- 0801947120148003685. Entidad concursada.- Figuerola Disseny, Sociedad Limitada, con CIF n.º B62160734, y domicilio social en calle del Sol, 41, 08840 Viladecans (Barcelona). Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 13.06.2014. Administrador/es concursal/es.- Manuel López López de Briñas, con domicilio en calle Tuset, 23-25, 4.ª, 08006 Barcelona, correo electrónico: [email protected], fax número 931980606 y número de teléfono 931740012. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 Ley Concursal.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 25 de junio de 2014.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.