Inicio›Justicia›FIES SA

Concurso de acreedores

FIES SA

CIF A08404808Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 27/01/2014 → 17/11/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso17/11/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaAuto 15/06/2015

    Don Rafael Huerta Garcia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en el Concurso n.º 913/13 seguido en este Juzgado a instancia de Fies, S.A. con n.º de CIF A-08404808, se ha dictado en fecha 15 de junio de 2015 Auto acordando la conclusión del concurso, cesando todos los efectos de la declaración del concurso y la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. Barcelona, 15 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.

  2. Otro acto concursal27/01/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaAuto 08/01/2014

    Don Rafael Huerta Garcia, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso voluntario abreviado con n.º de autos 913/13-D, en el que se ha dictado con fecha 8 de enero de 2014 auto declarando en estado de concurso a la empresa Fies, S.A., con número de CIF A-08404808, domicilio en avenida Tecnología, n.º 35, de Viladecans (Barcelona), con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador concursal al despacho 2004 Estudio Concursal, S.L.P., con n.º de teléfono 902.106.366 quien en fecha 9 de enero 2014 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal en calle Mallorca, 237 bis, 3.º 2.ª, de Barcelona y dirección electrónica: notificaciones@ 2004ec.es. Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 9 de enero de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.