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Concurso de acreedores

FHEEL ADVERTISING SOCIEDAD LIMITADA

CIF B90254053Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
815/10/201904/12/2023
Procedimiento
752/2019
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso04/12/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 752/2019Juez : AURELIA BELLO FERNÁNDEZAuto 12/03/2023

    En la Sección I de la Declaración de Concurso Abreviado Consecutivo referente al deudor Manuel Pérez Lois 33247890X se presentó el Informe de la Administración Concursal. Plazo de 10 días para impugnaciones

  2. Otro acto concursal02/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 752/2019Juez : MIGUEL ANGEL IZQUIERDO LUENGOAuto 12/03/2021

    Que se ha acordado la declaración del concurso y decretado la conclusión por insuficiencia de la masa actiava. Declara la extinción.

  3. Otro acto concursal13/04/2021
    ⚖️ SEVILLAAuto 12/03/2021

    D. Juan Dionisio Curado Dana Letrado de la Administración de Justicia y del Tribunal de Instancia de lo Mercantil (SECCION 3ª) en cumplimiento de lo dispuesto en el art 23 del TRLC, anuncia: Que en el procedimiento número 752/19, referente al deudor FHEEL ADVERTISING, S.L., con CIF B-90254053, y domicilio en Parque Empresarial Torneo, calle Arquitectura nº 2 Torre 11 Planta 7ª Modulo 1-7 41015 Sevilla, por auto de fecha 12 de marzo de 2021 se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad FHEEL ADVERTISING, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el nº 752/19. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad FHEEL ADVERTISING, S.L., con CIF B-90254053 y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Y de conformidad con el artículo 484 TRLC, no obstante la conclusión acordada, queda el deudor responsable del pago de los créditos restantes. Queda sin efecto al interrupción de la prescripción de las acciones contra el deudor por los créditos anteriores a la declaración del concurso, iniciándose de nuevo su computo desde la firmeza de la presente. sevilla, 24 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

  4. Otro acto concursal02/09/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3Proc. 752/2019Juez : MIGUEL ANGEL NAVARRO ROBLESAuto 28/07/2020

    VER RESOLUCION ANEXA

  5. Otro acto concursal08/07/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3Proc. 752/2019Juez : MIGUEL ANGEL NAVARRO ROBLESAuto 11/03/2020

    VER RESOLUCION ANEXA

  6. Otro acto concursal09/03/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 3ª - 3Proc. 752/2019Juez : MIGUEL ANGEL NAVARRO ROBLESAuto 26/02/2020

    VER RESOLUCION ANEXA

  7. Otro acto concursal02/03/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE SEVILLA Proc. 752/2019Juez : OLGA MARTIN ALONSOAuto 26/09/2019

    EDICTO

  8. Otro acto concursal15/10/2019
    ⚖️ SEVILLAAuto 26/09/2019

    Letrado de la Administración de Justicia del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (Sección 3ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1º.- Que en el procedimiento número 752/19, con NIG 4109142120190025978 por auto de fecha 26 de septiembre de 2019 se ha declarado en concurso al deudor FHEEL ADVERTISING, S.L., con CIF B90254053 y domicilio en Sevilla, Parque Empresarial Torneo, calle Arquitectura nº 2, Torre 11, Planta 7, Módulo 1-7. CP 41015. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la Administración concursal a don Jenaro López Suárez con DNI 24177437K, vecino de Sevilla y domicilio en calle Porvenir 26. CP 41013. Profesión: Economista. Teléfono 615 972 306 y correo electrónico [email protected] bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 10 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Dionisio Curado Dana.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.