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Concurso de acreedores
FETCH COMUNICACIONES SL
CIF B86986890Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 22/06/2016 → 22/04/2017
- Procedimiento
- 197/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal22/04/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 197/2016Auto 04/04/2017
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 197/2016 referente al deudor La Intermediación En La Prestación De Servicios De Gestión Fiscal, Contabilidad Administración Y Ases "FETCH COMUNICACIONES, S.L." con CIF: B-86986890 por Auto de fecha 4 de abril de 2017 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. Madrid, 4 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal22/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de MadridProc. 197/2016Auto 09/06/2016
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Madrid, hace saber: 1. Que en el concurso Concurso Abreviado 197/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0049932, por auto de fecha 08/06/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a LA INTERMEDIACIÓN EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GESTIÓN FISCAL CONTABILIDAD ADMINISTRACIÓN Y ASES "FETCH COMUNICACIONES, S.L.", con n.º de identificación B-86986890, y domiciliado en c/ Marqués de la Valdavia, 106, 2.ºC (28100 Alcobendas-Madrid). 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4. La identidad de la Administración concursal es, Don Francisco Fedriani Herrera, con domicilio en c/ Velázquez, 157 (Edificio Vega) 28002 Madrid, con Tf.: 91 113 86 80 y correo electrónico [email protected]., ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 9 de junio de 2016.- Letrado de la Administración de justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.