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Concurso de acreedores

FERRETERIA LOBATO SL EN LIQUIDACION

CIF B91133587Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
327/06/201127/09/2023
Procedimiento
202/2022 · 377/2011
Juzgado
Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 2ª - 2

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso27/09/2023
    ⚖️ Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla Sección 2ª - 2Proc. 202/2022Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 01/07/2022

    FALLO 3.- Declarar la conclusión del concurso de FERRETERÍA LOBATO SL.

  2. Otro acto concursal04/04/2022
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 377/2011Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 11/03/2022

    PROV TRASLADO CONCLUSION

  3. Otro acto concursal27/06/2011
    ⚖️ SEVILLAProc. 377/2011Auto 18/05/2011

    El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 377/2011, por auto de 18 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Ferretería Lobato, Sociedad Limitada", con CIF B-91133587, con domicilio social y centro de principales intereses en calle Óleo, número 17, 41600 Arahal (Sevilla). 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistido de Letrado (Artículo 184.3 Ley Concursal). Sevilla, 18 de mayo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.