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Concurso de acreedores
FERREBUS & BARBERO SL
CIF B93633774Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 21/12/2020 → 20/07/2021
- Procedimiento
- 298/2021
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid · MERCANTIL - 13
Cronología del expediente
- Otro acto concursal20/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID Proc. 298/2021Auto 28/04/2021
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso20/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID Proc. 298/2021Auto 28/04/2021
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal07/05/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 13 de MadridProc. 298/2021Auto 28/04/2021
Edicto Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 298/2021 por auto de fecha 28 de abril de 2021 se ha decretado la declaración y conclusión y archivo del concurso instado por el procurador D. Antonio Ortega Fuentes en representación de Ferrebus & Barbero, S.L., con CIF B-93633774, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 485 TRLC, declarar su extinción. Madrid, 4 de mayo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Isabel Carro Rodríguez.
- Conclusión del concurso04/05/2021⚖️ MERCANTIL - 13Proc. 298/2021Juez : Bárbara Córdoba ArdaoAuto 28/04/2021
Edicto auto declaración y conclusión concurso
- Otro acto concursal21/12/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 13 DE MADRID Proc. 298/2021Juez : D. ANDRES SANCHEZ MAGROAuto 28/04/2021
AUTO DE REAPERTURA DE CONCURSO DE ACREEDORES
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.