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Concurso de acreedores
FERNANDO ESCRIVA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL
CIF B98044803Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 04/03/2014 → 17/06/2014
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso17/06/2014⚖️ VALENCIAAuto 28/05/2014
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 000862/2013, habiéndose dictado en 28/05/14 por el Ilustrísimo/a. Señor/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto firme de conclusión del concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: 1. Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado, bajo el número de procedimiento 000862/2013, promovido por el/la Procurador/a Señor/a Gil Furió, Sara, en nombre y representación de la mercantil Astriluz, S.L., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal, la mercantil Fernando Escriva, S.L.P., con CIF n.º B-98044803, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4. Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Astriluz, S.L., con C.I.F. B97493647, procediendo, en su caso, al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la LC) y tiene carácter de firme. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27/03/14. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC). Valencia, 28 de mayo de 2014.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal04/03/2014⚖️ VALENCIAAuto 17/02/2014
Edicto Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Astriluz, S.L., con el número de registro 000862/2013, en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 17/02/14 con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/los Administrador/es de la empresa concursada. Se declara la disolución de la mercantil concursada Astriluz, S.L., lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, la mercantil Fernando Escrivá, S.L.P., con CIF número B-98044803, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables". Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la Ley Concursal, se expide el presente Valencia, 17 de febrero de 2014.-
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.