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Concurso de acreedores
FERMO SOCIEDAD ANONIMA
CIF A28113249Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 23/09/2009 → 23/01/2023
- Procedimiento
- 348/2006
- Juzgado
- Mercantil - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación23/01/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 348/2006Juez : Jorge Montull UrquijoAuto 23/01/2023
Apertura de la liquidación.
- Otro acto concursal23/12/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juez : LUCIA MARTINEZ OREJASAuto 14/11/2022
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- Otro acto concursal23/12/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juez : Mireia Alarcon UbiernaAuto 14/11/2022
decaración de concurso consecutivo y al mismo tiempo la conclusión de las actuacions por insuficiència de masa activa; nombramiento de la administración concursal y traslado a los acreedores por diez dies para manifestacions
- Otro acto concursal13/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID Nº 3 Proc. 348/2006Juez : JUAN CARLOS PICAZO MENEDEZAuto 14/11/2022
se ha decretado la declaración y simultáneamente la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa
- Otro acto concursal23/09/2009⚖️ MADRID.Auto 04/02/2009
Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 3 de Madrid, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 348/06, por auto de fecha 4 de febrero de 2009 se ha declarado en concurso al deudor "Fermo, S.A.", con CIF A-28113249, con domicilio social en camino de Valdelatas, sin número, polígono industrial número 6, 28108 Alcobendas (Madrid). Segundo.- Se suspende el ejercicio por el deudor de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los administradores concursales. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de edictos. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 11 de febrero de 2009.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.