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Concurso de acreedores
FERMABALUX 2017 SOCIEDAD LIMITADA
CIF B90333980Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 26/07/2019 → 28/12/2019
- Procedimiento
- 454/2019
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso28/12/2019⚖️ SEVILLAProc. 454/2019Auto 13/12/2019
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia: Que en el procedimiento número 454/2019-9, por Auto de fecha 13 de diciembre de 2019, se ha dictado Auto de Conclusión del Concurso, correspondiente al deudor: FERMABALUX 2017 SL, con CIF B90333980 La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente: Parte Dispositiva Acuerdo: La conclusión del proceso concursal de la entidad FERMABALUX 2017 SL, con CIF B90333980, llevado en este Juzgado con el número de autos 454/2019. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días. Notificar el extracto de esta resolución en el BOE y en el Registro Público Concursal. Sevilla, 23 de diciembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Galvez Muñoz.
- Otro acto concursal26/07/2019⚖️ SEVILLAAuto 23/07/2019
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1.º - Se declara en situación de Concurso Voluntario a la entidad FERMABALUX 2017, S.L., con CIF B90333980, que se tramitará por el cauce Abreviado. 2.º -El deudor conservará las facultades de Administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores Concursales, mediante su autorización o conformidad. 3.º -Se nombra Administrador del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior, a don Miguel Martínez Boltaña con despacho profesional en Sevilla, avda. de Cádiz, 29-5.º C, 41004, Sevilla. Correo electrónico [email protected]; Tfno 955230242. El Administrador Concursal deberá presentar el inventario de bienes y derechos de la masa activa dentro de los 15 días siguientes a la aceptación del cargo. 4.º - El Administrador Concursal deberá presentar el informe previsto en el artículo 75 dentro de los cinco días hábiles siguientes a que expire el plazo de un mes, contado a partir de la aceptación del cargo o desde la publicación de la declaración del concurso en el BOE, a elección del administrador concursal, teniendo en cuenta para ello el interés y la buena llevanza del concurso. 5.º -Llámense a los acreedores de la concursada, para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 a los Administradores concursales la existencia de sus créditos. La comunicación se realizará directamente al Administrador Concursal, bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. "En ningún caso tendrán valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado". Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la publicación de la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado. La Administración Concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores, donde se hará constar expresamente la entrega directa de los créditos a la misma, facilitando todos los datos de contacto. Sevilla, 23 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Juana Galvez Muñoz.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.