Concurso de acreedores
FERIAFONE SL
CIF B29698420Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 29/07/2010 → 06/03/2025
- Procedimiento
- 1165/2010
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/03/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1165/2010Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 17/12/2024
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso06/03/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1165/2010Juez : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZAuto 17/12/2024
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal26/04/2019⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1165/2010Juez : JOSE MARIA CASASOLA DIAZAuto 23/04/2019
QUE EN EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL Nº 1165.05/2010 REFERENTE A FERIAFONE,S.L.. CONSTA LA ACEPTACION EL CARGO DEL NUEVO ADMINISTRADOR CONCURSAL DE FECHA 7 DE JUNIO DE 2017 DON RAFAEL ANTONIO CAMPS PEREZ DEL BOSQUE
- Otro acto concursal29/07/2010⚖️ MÁLAGAProc. 1165/2010Auto 01/07/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 1165/2010, por auto de de 16 de junio del 2010 se ha declarado en concurso Voluntario deudor Feriafone, S.L., con N.I.F. n.º B-29698420, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la provincia de Málaga. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concurso deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncia que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo. En Málaga, 1 de julio de 2010.- El/la Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.