InicioJusticiaFENIXCAÑAMO SL

Concurso de acreedores

FENIXCAÑAMO SL

CIF B19531201Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
228/10/201515/04/2017
Procedimiento
1248/2015

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso15/04/2017
    ⚖️ GRANADAProc. 1248/2015Auto 21/03/2017

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Que en el concurso voluntario número 1248/2015, seguido a instancia de Fenixcañamo, S.L. con C.I.F. B-19531201, por auto de fecha veintiuno de marzo de 2017 se ha acordado: Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica Fenixcañamo S.L. con CIF B-19531201, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello: Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos. Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso. Se acuerda la extinción de FENIXCAÑAMO, S.L. con CIF B-19531201. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de FENIXCAÑAMO, S.L., con CIF B-19531201 Requiérase a la administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones. Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 177 LC). Granada, 21 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso28/10/2015
    ⚖️ GRANADAProc. 1248/2015Auto 29/09/2015

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º- Que en el procedimiento número 1248/2015, con NIG 1808742M20150001424 por auto de 29 de septiembre de 2015, rectificado por auto de fecha 2 de octubre de 2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor FENIXCAÑAMO, S.L. con CIF B-19531201, y con domicilio en carretera de Santa Fe, km 1, Polígono industrial Los Álamos, Atarfe (Granada), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido JIMÉNEZ TEJADA Y ASOCIADOS, S.L.P., con domicilio postal C/ La Pinta, n.º 8, 18320 Santa Fe (Granada), y dirección electrónica: [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 LC. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º- Que el Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa en el concurso es https//www.publicidadconcursal.es/concursal/jsp/home.jsp. Granada, 14 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.