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Concurso de acreedores
FAVER UNION SL
CIF B73303539Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 08/11/2016 → 17/09/2020
- Procedimiento
- 380/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · MERCANTIL - 2
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 380/2015Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 25/08/2020
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal17/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 380/2015Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 25/08/2020
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso17/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 380/2015Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 25/08/2020
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso02/09/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 380/2015Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 25/08/2020
CONCLUSION DEL CONCURSO
- Declaración de concurso08/11/2016⚖️ MURCIAProc. 380/2015Auto 24/10/2016
EDICTO D.ª Ángela Quesada Martos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº Sección I Declaración Concurso 380/2015 se ha dictado en fecha 24 de octubre de 2016 Auto de Declaración de Concurso necesario-abreviado del deudor Faver Unión, S.L., con CIF b-73303539, con domicilio social en Plaza de Santa Catalina, nº 4 Escl. 2ª, 2º C Murcia. 2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Batilsa Consultores, S.L.P. que designa como profesional para el desarrollo del cargo de administrador concursal al Abogado D. Miguel Ángel Bastida Cortina, con domicilio profesional en Avda. de la Justicia nº 8, Edif. Torre Sur, 3º B 30011 y correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la página www.oficinajudicialmurcia.es Murcia, 25 de octubre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.