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Concurso de acreedores
FAT PROYECTOS Y OBRAS SL
CIF B18534602Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 18/10/2012 → 18/10/2012
Cronología del expediente
- Declaración de concurso18/10/2012⚖️ GRANADAAuto 18/07/2012
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 36/12 por auto de fecha 18 de julio de 2012, se ha declarado en concurso necesario a la sociedad "Fat Proyectos y Obras, S.L.", y "Fat Obras, S.L.", con CIF B-18534602 y B-18481887, respectivamente, y domicilio ambas en carretera de Granada, número 3, vivienda 3, CP 18100 de Armilla (Granada), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Armilla. 2.º Se suspende el ejercicio por el deudor "Fat Proyectos y Obras, S.L.", y "Fat Obras, S.L.", de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección: "Bdo Auditores, S.L.", calle Reyes Católicos, 13, 1.º A, 18001 Granada, dirección electrónica: [email protected]. La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaracion del concurso en la forma extractada prevista en el artículo 23.1 de la Ley Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Granada, 25 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.