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Concurso de acreedores

REBERMA REFORMAS SOCIEDAD ANONIMA

CIF B82555749Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
626/03/201120/07/2022
Procedimiento
Nº 32/2006 · 738/2010
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal20/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. Nº 32/2006Auto 09/06/2022

    Cese de Administrador concursal

  2. Otro acto concursal20/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. Nº 32/2006Auto 09/06/2022

    Cese de Administrador concursal

  3. Otro acto concursal20/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. Nº 32/2006Auto 09/06/2022

    Cese de Administrador concursal

  4. Conclusión del concurso20/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. Nº 32/2006Auto 09/06/2022

    Auto de conclusión de concurso

  5. Otro acto concursal09/07/2011
    ⚖️ MADRIDProc. 738/2010Auto 26/03/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 4 se Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Observándose un error en el edicto publicado en el Boletín Oficial del Estado de 26 de marzo de 2011, número 73, sección IV, página 33200 dictado en el procedimiento número 738/2010 seguido frente a la concursada Fasider, S.L., en liquidación, donde constaba el CIF número B-82555749, se procede a su rectificación, siendo el correcto el CIF número B-81.877.110. Madrid, 15 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

  6. Otro acto concursal26/03/2011
    ⚖️ MADRIDProc. 738/2010Auto 09/03/2011

    El Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.- Que en el procedimiento número 738/2010, por auto de 9 de marzo de 2011, se ha declarado en concurso necesario al deudor "Fasider, S.L., en liquidación", con CIF número B-82555749, con domicilio en carretera Parla-Pinto, km.1.800, 28983 Parla (Madrid) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. 2.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. La comunicación de los créditos deberá efectuarse por medio de escrito presentado ante el Registro General de escritos civiles sito en la calle Capitán Haya 66 de Madrid y dirigido al Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid y a la atención de la administración concursal. 4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 10 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.