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Concurso de acreedores

FAREMAN MOLDES TECNICOS SL

CIF B65605255Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
208/02/201623/11/2018
Procedimiento
815/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona hago saber

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona hago saberProc. 815/2015Auto 24/10/2018

    D. Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Barcelona hago saber que: En el Concurso Voluntario n.º 815/2015-D se dictó un Auto en fecha 19-10-2018 por el que se ha declarado concluso el concurso de FAREMAN MOLDES TÉCNICOS, S.L., con CIF n.º B-65605255. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 24 de octubre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel González Capellín.

  2. Otro acto concursal08/02/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 815/2015Auto 27/11/2015

    Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 Barcelona, Hace saber: Que en los Autos con NIG 08019-47-1-2015-8008320 y n.º 815/2015H se ha declarado el concurso voluntario de fecha 27 de noviembre de 2015 de Fareman Moldes Tecnicos, S.L., con CIF n.º B-65605255 y domicilio en Pol. Industrial Vilapo III, nave 1, de Olesa de Montserrat, 08640 - Barcelona, en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El Administrador concursal es doña Ana Rossell Garau, con domicilio en calle Bisbe Sivilla, 50-52, 3-3. Barcelona - 08022, y correo electrónico [email protected] Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la Administración Concursal en el domicilio sito en calle Bisbe Sivilla, 50-52, 3-3. Barcelona - 08022, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el "BOE" y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará, además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 9 de diciembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.