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Concurso de acreedores
FANTORI ESPAÑA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B90002791Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 03/02/2014 → 16/02/2015
- Procedimiento
- 9/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/02/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaAuto 02/02/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento número 9/14, incidente concursal 2258/14, referente al deudor Fantori España, S.L., con CIF B-90002791, por Auto de fecha 2 de febrero de 2015 se ha acordado lo siguiente: 1.- La conclusión del proceso concursal de Fantori España, S.L., llevado en este mismo Juzgado con el n.º 9/14. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2.- El cese del Administrador concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3.- La declaración de extinción de la sociedad Fantori España, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 2 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.
- Otro acto concursal03/02/2014⚖️ SEVILLAProc. 9/2014Auto 14/01/2014
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 9/2014, con NIG 4109142M20140000019 por auto de fecha 14 de enero de 2014 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Fantori España, S.L., CIF B-90002791, con domicilio en Écija, calle Gameras, 2; y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Paolo Pelliccioni Nanni, con domicilio postal en Alcalá de Guadaira, Plazuela 3, 7.º A; teléfono: 955 683 369; fax: 955 686 923; y dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 22 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.