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Concurso de acreedores

EXDECA SL

CIF B33405440Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
414/09/201512/10/2022
Procedimiento
219/2015
Juzgado
MERCANTIL DE OVIEDO - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE OVIEDO · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Oviedo

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso12/10/2022
    ⚖️ MERCANTIL DE OVIEDO - 1Proc. 219/2015Juez : ALFONSO MUÑOZ PAREDESAuto 05/10/2022

    AUTO CONCLUSIÓN CONCURSO, CESAN LAS LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y APRUEBA RENDICIÓN DE CUENTAS

  2. Otro acto concursal08/09/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE OVIEDO Proc. 219/2015Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 05/10/2022

    El plan de liquidación de los bienes y derechos del deudor presentado por la administración concursal, quede de manifiesto en la oficina judicial para conocimiento de los interesados.

  3. Conclusión del concurso08/09/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE OVIEDO Proc. 219/2015Juez : IRENE ORTIZ PLAZAAuto 05/10/2022

    AUTO APROBACION PLAN LIQUIDACION. APERTURA ECCION CALIFICACION

  4. Otro acto concursal14/09/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de OviedoAuto 30/07/2015

    Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Oviedo, por el presente, hago saber; 1º.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 219/15 (N.I.G. 33044 47 1 2015 0000420), el Sr. Magistrado Don Alfonso Muñoz Paredes ha dictado en fecha 30 de julio de 2015 AUTO, que no es firme, DECLARANDO EN CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO al deudor EXDECA, S.L. (C.I.F.: B-33405440), con domicilio en Fonciello, nº 52, de Lugo de Llanera, Asturias. 2º.-Se ha nombrado como Administradora Concursal a doña Beatriz Sierra Castañón, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación postal: C/Milicias Nacionales, nº 5, 1º Iz., 33033 Oviedo, así como la siguiente dirección electrónica: [email protected], pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ellos pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado. El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es: de lunes a viernes de 9:00 14:00 horas. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E., y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal. 3º.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración Concursal designada, mediante su autorización o conformidad. Oviedo, 1 de septiembre de 2015.- El/La Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.