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Concurso de acreedores
EUROSERVIKATERING SL EN LIQUIDACION
CIF B80468390Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 25/10/2014 → 19/02/2019
- Procedimiento
- 818/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/02/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 818/2014Auto 06/02/2019
Gaspar Caballero Ochoa, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hhago saber que: En el Concurso ordinario 818/2014 se dictó auto de fecha 6/2/19 por el que se ha declarado concluso el concurso de EUROSERVIKATERING, S.L., con CIF B80468390, con domicilio en Calle Vereda de los Barrios, 79, Polígono Industrial, de Alcorcón. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 6 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.
- Declaración de concurso25/10/2014⚖️ BARCELONAProc. 818/2014Auto 10/10/2014
D/ña. María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial de lo Mercantil número 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 818/2014, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad EUROSERVIKATERING, S.L. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 818/2014 Sección C5R. NIG del procedimiento.- 08019 47 1 2014 8003851. Entidad concursada.- EUROSERVIKATERING, S.L., con CIF n.º B80468390. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 2/10/14. Administradores concursales.- D/doña JOSÉ MANUEL CALAVIA MOLINERO, con domicilio en c/ Diputació 260 Barcelona (Barcelona), con correo electrónico [email protected]. Don/ña.JOSEP PUJOLRAS NONELL, com domicilio c/ Aribau, 198 Barcelona (Barcelona), y n.º de teléfono 932149200 Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Dado en Barcelona a, 10 de octubre de 2014.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.