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Concurso de acreedores

EURENER SL EN LIQUIDACION

CIF B53234225Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
422/04/201327/11/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante
Administración concursal
Que ha sido nombrado: "Asesoría Legal y Adm

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación27/11/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 25/09/2013

    Edicto D. Jorge Cuéllar Otón, Secretario/a judicial de Juzgado de lo mercantil numero 3 de Alicante, sede en Elx, hago saber: Que en el Concurso Ordinario- 000076/2013, referente al concursado EURENER, S.L., CIF n.º B-53234225, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2058, folio 208, hoja A-44924, por auto de fecha 22.9.14, se ha acordado lo siguiente: 1.-Se tiene por solicitada la liquidación de EURENER, S.L. 2.-Se deja sin efecto alguno el convenio alcanzado con los acreedores y aprobado por Sentencia de 21-3-14. 3.-Se acuerda la reapertura del concurso, nombrando administrador concursal a ASESORÍA LEGAL Y ADM. CONCURSAL, S.L., con domicilio postal: Calle Luis Llorente, 1, entresuelo, Elche (Alicante) y dirección de correo electrónica: [email protected] 4.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 5.-Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el título III de la Ley Concursal. 6.-Se declara la disolución de la entidad, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. Elche, 25 de septiembre de 2013.- El Secretario Judicial.

  2. Convenio de acreedores07/04/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 24/03/2014

    Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores ordinario voluntario núm. 000076/2013, de la mercantil EURENER, S.L., CIF n.º B-53234225, en el que se ha dictado sentencia con fecha 21.3.14 por la que: Se aprueba el convenio aceptado en junta de fecha 21.2.14, cesando en su cargo los administradores concursales, sin perjuicio de las funciones que el convenio pudiese encomendar a todos o alguno de ellos hasta su íntegro cumplimiento y de lo previsto en el capítulo II del título VI LC. Producido el cese, los administradores concursales rendirán cuentas de su actuación ante el Juez del concurso, dentro del plazo de dos meses. Se acuerda la formación de la sección sexta de calificación del concurso con testimonio de la sentencia y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad la sentencia aprobando el convenio conforme al artículo 109 en relación con el art. 23 de la LC. Elche, 24 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal15/01/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 21/02/2014

    Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente, Hago saber: Que en este juzgado se tramitan autos de concurso ordinario 000076/2013, siendo la concursada Eurener, S.L., con C.I.F./N.IF. número B-53234225, con domicilio en calle Gabriel Miró, 2, Bigastro (Alicante), en el que se ha dictado auto de fecha 20.12.13 que contiene los siguientes pronunciamientos: 1.º Se declara la terminación de la fase común del concurso. 2.º Se convoca la junta de acreedores que se celebrará el próximo día 21 de febrero de 2014, a las 12,00 horas, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, publicándose edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado. 3.º Notifíquese a los personados y procédase a efectuar publicación en BOE de forma gratuita. Y para que sirva de publicación en el tablón de anuncios de esta oficina judicial. Elche, 20 de diciembre de 2013.- El Secretario Judicial.

  4. Otro acto concursal22/04/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteAuto 10/04/2013

    Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, Por el presente, hago saber: Que por auto de fecha 3-4-2013 en el procedimiento con número de autos 000076/2013 y NIG 03065-66-2-2013-0000072, se ha declarado en concurso ordinario voluntario al deudor "Eurener, S.L.", con domicilio en calle Gabriel Miró, 2, Bigastro (Alicante), y CIF B-53234225. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2058, folio 208, hoja A-44924, representada por la Procuradora doña Rosa Josefa Martínez Brufal. Facultades del concursado: Intervenido. Administrador concursal: Que ha sido nombrado: "Asesoría Legal y Adm. Concursal, S.L.", y en su nombre don Francisco Antonio Menargues García en calidad de socio y administrador, colegiado del Ilustre Colegio de Economistas de Alicante, con domicilio postal: C/ Luis Llorente, 1, entresuelo, 03201 Elche (Alicante). Teléfono 966 670 985. Dirección electrónica para remitir las comunicaciones de crédito y otras notificaciones: [email protected]., para que los acreedores efectúen, a su elección, la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Elche, 10 de abril de 2013.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.