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Concurso de acreedores

ESTRUGALICIA SL

CIF B27216902Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
318/02/201526/03/2021
Procedimiento
1421/2014
Juzgado
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 2 DE LUGO

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal26/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 2 DE LUGO Proc. 1421/2014Juez : María Dolores Balado MargeliAuto 12/01/2021

    1.- Se tiene por presentada solicitud de concurso voluntario consecutivo de Angel Montiel Martin con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley. 2.- Se admite a trámite dicha solicitud y SE DECLARA EL ESTADO DE C

  2. Conclusión del concurso26/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 2 DE LUGO Proc. 1421/2014Auto 12/01/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal18/02/2015
    ⚖️ LUGOProc. 1421/2014Auto 16/12/2014

    Edicto Don Francisco Julian Hinojal Gijon, Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia 2, Mercantil de la provincia de Lugo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.° Que en el procedimiento número 1421/2014, por auto de 16 de diciembre se ha declarado en concurso voluntario, abreviado al deudor Estrugalicia SL B27216902, con domicilio Av. Galicia 77, Vilalba y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Vilalba. 2.° Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Han sido designado administrador la entidad Consultoría Legal y Concursal SLP, Pl da Mina, 4 bajo Lugo, [email protected] 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Lugo, 16 de diciembre de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.