Concurso de acreedores
ESTILO-91 SL
CIF B30265904Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 29/05/2012 → 04/01/2016
- Procedimiento
- 346/2011
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso04/01/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 346/2011Auto 14/12/2015
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 346/2011 y NIG n.º 30030 47 1 2011/0000836 se ha dictado en fecha 14 de diciembre de 2015 auto de conclusión del concurso respecto del deudor Estilo 91, S.L., con CIF B30265904, de conformidad con el art. 176 de la Ley Concursal. Murcia, 18 de diciembre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso29/05/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaAuto 18/05/2012
Don Pedro Adán Ruiz-Erans Vivancos, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000346 /2011 y NIG n.º 3003047120110000836 se ha dictado en fecha 2-04-2012 auto de declaración de concurso voluntario del deudor "Estilo-91, S.L.", con B-30265904, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avda. Rector Loustau, n.º 12, 12.º A, en Murcia. 2.º-Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la administración concursal. Se ha designado, como admnistración concursal a don Antonio Díaz Martínez con domicilio postal en C/ Mula, n.º 1, 1.ºG, en Murcia y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos en [email protected] 3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la oficina de Registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º-La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/ Murcia, 18 de mayo de 2012.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.