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Concurso de acreedores

ESTELLEZ GALICIA SA

CIF A36202018Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
321/04/201819/07/2022
Procedimiento
34/2018 · 1148/2018
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · MERCANTIL - 6 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal19/07/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 34/2018Auto 25/04/2022

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso25/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 1148/2018Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 25/04/2022

    Auto de conclusión y archivo

  3. Declaración de concurso21/04/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraAuto 17/04/2018

    Edicto D. José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000034/2018 y NIG n.º 36038 47 1 2017 0000431 se ha dictado en fecha 28.03.2018 Auto de Declaración de Concurso voluntario del deudor Estellez Galicia SAU, con CIF A36202018, con domicilio social en Polígono Empresarial Areas, parcelas 27 a 29, Tui (Pontevedra). Está inscrita, en el Registro Mercantil de Pontevedra, Tomo y Libro 1381, Folio 36, Hoja PO-10994, inscripción 1.ª 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración concursal a Blas Gascó Abogados S.L.P., con C.I.F. número B-98129463, con domicilio social en Micer Mascó, 35, 1º 1ª de Valencia y en su nombre del abogado D. Francisco de Paula Blasco Gasco, con domicilio profesional en Micer Mascó, 35, 1.º, 1.ª, de Valencia, teléfono 963 347 281 y dirección de correo electrónico: [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de a LC,a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es. Pontevedra, 17 de abril de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.