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Concurso de acreedores
ESTACION DE SERVICIO CABRERIZOS SL
CIF B99341356Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 08/04/2017 → 27/02/2023
- Procedimiento
- 122/2017
- Juzgado
- Primera instancia/Mercantil - 4 · JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso27/02/2023⚖️ Primera instancia/Mercantil - 4Proc. 122/2017Juez : JAVIER IGLESIAS MARTINAuto 16/01/2023
Concurso voluntario abreviado 122/2017 Juzgado Mercantil de Estación de Servicio Cabrerizos sl con CIF B99341356 se ha dictado auto de conclusión de 16-01-23 y se declara el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor
- Convenio de acreedores02/03/2022⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE SALAMANCA Proc. 122/2017Auto 25/01/2022
Sentencia Aprobatoria del Convenio
- Declaración de concurso10/01/2018⚖️ SALAMANCAAuto 05/01/2018
Cédula de notificación En el procedimiento de concurso n° 122/17 se ha dictado sentencia, que tiene el carácter de firme, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente: "SENTENCIA n.º 314/17 En Salamanca a ocho de Noviembre de dos mil diecisiete. Vistos por Dª MARIA JESÚS MARTÍN GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 y Mercantil de Salamanca, el Concurso Voluntario Abreviado n° 122/17, referente a la entidad concursada ESTACIÓN DE SERVICIOS CABRERIZOS S.L., con C.I.F. B99341356, representado por el Procurador D. MIGUEL ÁNGEL GÓMEZ CASTAÑO, y dirigido por el Abogado D. EUGENIO LLAMAS POMBO. FALLO 1.- Aprobar judicialmente el convenio propuesto por la entidad concursada ESTACIÓN DE SERVICIOS CABRERIZOS S.L., con C.I.F. B99341356, que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136, todos de la LC. 2.- Se decreta el cese de la Administración Concursal, sin perjuicio de conservar ésta plena legitimación para continuar los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de las sentencias y autos que se dicten en ellos, hasta que sean firmes, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme, y requiérase a la misma a fin de que rinda cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la firmeza de la presente resolución. 3.- Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, contada desde la fecha de esta sentencia, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio. 4.- Se acuerda la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, la documentación aportada por el deudor, el auto de declaración del concurso y el informe de la administración. 5.- Notifíquese la sentencia a la entidad concursada, a la Administración Concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento. 6.- Publíquese la sentencia en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado. 7.- Líbrese oficio al Decanato de los Juzgados de Salamanca, para que a su vez comuniquen la sentencia dictada a los Juzgados de Primera Instancia, de lo Social y de lo Contencioso-Administrativo de esta ciudad. 8.- Líbrese Mandamiento al Registro Mercantil de Salamanca para la inscripción de la sentencia en el Libro correspondiente, de conformidad con el art. 132 de la L.C., Y 23 y 24 de la Ley. 9.- Llévese testimonio de la presente resolución a la Sección I, a los efectos legales que procedan. Firme la presente resolución, entréguense los despachos al Procurador de la concursada, Sr. Miguel Ángel Gómez Castaño, para que cuide de su diligenciado y devolución. MODO DE IMPUGNACIÓN: La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de Apelación ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Salamanca, que habrá de INTERPONERSE EN EL PLAZO VEINTE DÍAS CONTADOS DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA NOTIFICACIÓN (artículo 197.5 LC y 458 LEC), debiendo constituir el depósito que establece la D.A. 15ª de la LOPJ. Notifíquese esta resolución a las partes, cuyo original quedará registrado en el Libro de sentencias quedando testimonio de la misma en estos autos. Así lo acuerdo, mando y firmo. LA MAGISTRADA – JUEZ" Se hace constar que el convenio aprobado está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. Salamanca, 5 de enero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Convenio de acreedores26/06/2017⚖️ SALAMANCAProc. 122/2017Auto 03/10/2017
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, Anuncia 1. Que en el procedimiento concursal Concurso Voluntario Abreviado número 122/2017 referente a la entidad concursada ESTACIÓN DE SERVICIOS CABRERIZOS, S.L. con C.I.F. número B-99341356, y con domicilio social en Salamanca, Crta. Aldealengua Km. 0,50, se ha convocado Junta de Acreedores que se celebrará el día 3 de Octubre de 2017, a las 10.00 horas en la Sala de Vistas nº 5 de este Juzgado, sita en la planta sótano Edificio Juzgados, Plaza Colon s/n. La Junta será presidida por el Administrador Concursal D. EUGENIO LLAMAS POMBO, al amparo de lo dispuesto en el art. 116.2 de la Ley Concursal. 2. Se someterán a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la Propuesta de convenio presentada por la entidad concursada. Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la Administración Concursal pueden ser examinadas por los interesados en esta oficina judicial. Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC. 3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L C. Salamanca, 13 de junio de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso19/05/2017⚖️ SALAMANCAProc. 122/2017Auto 08/05/2017
D. Jesús Javier Iglesias Martín Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia N.4 y Mercantil de Salamanca, Anuncia: 1.- Que en la Sección I de Declaración de Concurso n.º 122/2017, referente al deudor Estación de Servicio Cabrerizos, S.L. con C.I.F. B-99341356 se ha presentado el INFORME de la Administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Salamanca, 8 de mayo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso08/04/2017⚖️ SALAMANCAProc. 122/2017Auto 23/03/2017
D. Jesús Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, por el presente Hago saber: 1º.- Que en la Sección I de Declaración de Concurso n.º 122/2017, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 23 de marzo de 2017 Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de la mercantil ESTACIÓN DE SERVICIO CABRERIZOS, S.L., con C.I.F. n.º B-99341356, cuyo domicilio social lo tiene en Cabrerizos (Salamanca), Crta. de Aldealengua, Km. 0,50. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor. 3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: el Letrado D. EUGENIO LLAMAS POMBO. La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Plaza del Ángel, n.º 2, C.P. 37001, de Salamanca. La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: [email protected] 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). Salamanca, 29 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.