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Concurso de acreedores

ESPUMAS MOLDEADAS SA

CIF A58667403Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
221/05/201504/01/2017
Procedimiento
327/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/01/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de BarcelonaProc. 327/2015Auto 20/12/2016

    Edicto Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona, hago saber que: En el Concurso abreviado 327/2015-D se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Espumas Moldeadas, S.A., con CIF A58667403, con domicilio en Carretera de Argentona a Dosrius, km 1,8 Naves 1-2-3 (Pol. Industrial Els Alocs), de Dosrius. La misma resolución, que es firme, ha acordado la extinción de la sociedad y el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada. Barcelona, 20 de diciembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso21/05/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 327/2015Auto 07/05/2015

    Edicto de Declaración de Concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente Edicto al objeto de dar publicidad al Auto de Declaración de Concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto.- Concurso 327/2015. Sección D. NIG.- 08019-47-1-2015-8003087. Fecha del Auto de Declaración.- 27/4/15. Clase de concurso.- Voluntario, abreviado. Entidad concursada.- Espumas Moldeadas, S.A., con domicilio en Dosrius (Barcelona), Polígono Industrial Els Alocs, Carretera de Argentona a Dosrius, km 1,8, naves 1-2-3, con CIF n.º A58667403. Administradores concursales.- Rousaud Costas Durán Concursal, S.L.P., que ha designado como persona natural para el ejercicio de dicho cargo a D. Jordi Albiol Plans, como Abogado. Dirección postal.- Escoles Pies, n.º 102, 08017 en Barcelona. Dirección electrónica.- [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación en el BOE. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 7 de mayo de 2015.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.