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Concurso de acreedores

ESPIGOL BEACH SOCIEDAD ANONIMA

CIF A07259435Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
229/03/201421/05/2026
Procedimiento
120/2014
Juzgado
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE PALMA N.º 1 · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso21/05/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE PALMA N.º 1Proc. 120/2014Juez : ROCIO MARIA TOMAS MARINAuto 13/05/2026

    SECCION V CONVENIO 0000120 / 2014, ESPIGOL BEACH SA, se ha dictado en fecha 13 de mayo de 2026, auto declarando íntegramente cumplido el convenio aprobado por Sentencia de este Juzgado de fecha 29 de enero de 2015.

  2. Declaración de concurso29/03/2014
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaAuto 21/03/2014

    D. José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº SECCION I DECLARACION CONCURSO 0000120 /2014D y NIG 07040 47 1 2014 0000208, se ha dictado en fecha 17/03/14 Auto de Declaración de Concurso Necesario del deudor Espigol Beach, S.A., con CIF A-07259435, cuyo centro de intereses principales lo tiene en c/ Espliego, s/n, de Santa Margarita (Mallorca). 2º.- Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3º.- Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil Praxis Concursal, S.L.P., con CIF B-76154467, en cuyo nombre el Abogado D. Jorge Sainz de Baranda Brünbeck, ha aceptado el cargo con fecha 21 de marzo de 2014. 4º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Pasaje Guillermo de Torrella, 1, 2.º de Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes, a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art.º 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 21 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.