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Concurso de acreedores

ESPASALUD SL EN LIQUIDACION

CIF B96893631Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
219/12/201322/10/2016
Procedimiento
1228/2013

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal22/10/2016
    ⚖️ VALENCIAProc. 1228/2013Auto 19/09/2016

    EDICTO Doña M.ª ISABEL BOGUÑA PACHECO, la/el Letrada/o de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num.º 1 de VALENCIA, por el presente,</p> <p>Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores con número de Registro 1228/2013, en cuyo seno se ha dictado en esta fecha y en su Sección quinta, auto por el que se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad ESPASALUD, S.L., CIF B-96893631, con todos sus efectos legales inherentes, acordándose la cancelación de la inscripción registral. Se expide el presente edicto para general publicidad de la decisión de que se trata, en los términos de los artículos 177 y 23 de la Ley Concursal. Valencia, 19 de septiembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso19/12/2013
    ⚖️ VALENCIAAuto 25/11/2013

    Doña María Isabel Boguñá Pacheco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado en autos de Concurso de Acreedores número 001228/2013 se ha dictado en esta fecha auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de la mercantil Espasalud, S.L., con C.I.F. B-96893631, y domicilio en Benimuslem (Valencia), Plaza de la Iglesia, número 2, bajo, habiéndose acordado la intervención de las operaciones del deudor y habiéndose nombrado administrador concursal a don Manuel Goerlich Tio, Abogado, con despacho profesional en Valencia, Gran Vía Fernando El Católico, número 7, y dirección electrónica [email protected] Se llama a los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación de este edicto en el BOE puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 25 de noviembre de 2013.- La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.