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Concurso de acreedores
ESMO IBERICA SA
CIF A08940454Ver la ficha de la empresa →
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- 1 — 25/06/2012 → 25/06/2012
Cronología del expediente
- Declaración de concurso25/06/2012⚖️ BARCELONAAuto 07/06/2012
María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto: Concurso voluntario núm. 367/ 12-RC. Tipo de concurso: Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y NIF: Esmo Ibérica, S.A., CIF A08940454, con domicilio en calle Molí, n.º 18, de Ripollet (Barcelona). Fecha del auto de declaración: 7 de junio de 2012. Administradores concursales: Roberto Cortadas Arbat, con domicilio en calle Muntaner, 265, 1.º, 2.ª de Barcelona y teléfono n.º 93 209 16 99 y en calidad de economista y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores: los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 7 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.