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Concurso de acreedores

ESFOGRAN SL

CIF B18542928Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
2 — 10/12/2015 → 28/10/2020
Procedimiento
784/2013
Juzgado
MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal28/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 784/2013Juez : CONSTANZA CLARA LENDINEZ BARRANCOAuto 26/09/2019

    ANUNCIO PLAN LIQUIDACION

  2. Declaración de concurso10/12/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de GranadaProc. 784/2013Auto 20/10/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia 1.º Que en el procedimiento número 784/2013 por Auto de fecha 20 de octubre de 2015, se ha declarado en concurso necesario a la sociedad Esfogran, S.L., con CIF B-18.542.928, y domicilio en calle Leñadores, n.º 28, Polígono Industrial "Las Canteras", 18193 - Monachil (Granada), donde tiene su centro de principales intereses. 2.º Se suspende el ejercicio por el deudor Esfogran, S.L. de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por el Administrador concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección: QLT ACCOUTANT´S GROUP, SLP, con domicilio Camino de Ronda, 74, Planta 3, Pta. 4, Granada. Administración Concursal de Esfogran, S.L. Correo electrónico: [email protected] La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaracion del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 Ley Concursal. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Granada, 29 de octubre de 2015.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.