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Concurso de acreedores

ESFA SL EN LIQUIDACION

CIF B28661379Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
417/06/201416/12/2024
Procedimiento
343/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal16/12/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 343/2013Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORROAuto 16/10/2024

    situación de concurso con todos los efectos que ello conlleva, en concreto: a) El carácter voluntario del concurso

  2. Apertura de liquidación16/12/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 343/2013Juez : Jose Maria Fernandez SeijoAuto 16/10/2024

    Declarar a la deudora en concurso consecutivo. Se designa administracion concursal a Albert de Buen Farre con mail: [email protected]

  3. Apertura de liquidación30/10/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 343/2013Juez : FELICISIMO TEODORO MOLINO TEJEDORAuto 16/10/2024

    Apertura de la fase de liquidación, se dejan sin efecto las facultades de administración, disolución de la sociedad concursada, vencimiento anticipado de los créditos y formación de la sección sexta

  4. Otro acto concursal17/06/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridProc. 343/2013Auto 03/06/2014

    Edicto DOÑA CRISTINA POUSA BLASCO, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el Concurso Voluntario Ordinario número 343/2013, por auto de fecha 14 de mayo de dos mil catorce, se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil ESFA, S.L. con C.I.F.: B-28661379, y ESYFA ALBAÑILERÍA, S.L. con C.I.F.: B-84299403, cuyo centro de sus principales intereses lo tiene en Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación de créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el Administrador Concursal, con domicilio en la calle Santa Engracia, n.º 151, 28003 de Madrid, dentro del ámbito territorial del Juzgado. Así como correo electrónico para la comunicación de créditos: cvo3432013 @aabac.es. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, indicando que el Registro Público concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen personarse en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 3 de junio de 2014.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.