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Concurso de acreedores

ESCAYOLAS SANGONERA SL

CIF B73184426Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
205/08/201329/01/2018
Procedimiento
263/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal29/01/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MurciaProc. 263/2013Auto 24/01/2018

    Dña. Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia, Anuncia: 1. Que en este órgano judicial se tramita Sección V de Liquidación del concurso voluntario 263/2013 de ESCAYOLAS SANGONERA, S.L., con CIF B-73184426, en el que se ha dictado el día 16/01/18 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2. El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 24 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso05/08/2013
    ⚖️ MURCIAProc. 263/2013Auto 18/07/2013

    D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 263/2013 y NIG 30030 47 1 2013 0000514, se ha dictado en fecha 18 de julio de 2013 Auto de declaración de concurso voluntario de "Escayolas Sangonera, S.L.", con CIF B-73184426, cuyo domicilio social en calle Girasoles, número 3, CP 30833 de Sangonera La Verde, Murcia. 2.º Se ha acordado de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. Se ha designado como Administración concursal a "Técnicos Concursales Asociados 2012, S.L.P.", con CIF B-73778722, con domicilio profesional en c/ Gutiérrez Mellado, n.º 9, planta 4.ª, oficina 21, 30008 Murcia. Teléfono 968 22 00 27 y fax 968 214508, con correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/. Murcia, 24 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.