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Concurso de acreedores

EPIC RACING SL

CIF B01483973Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
325/07/201325/06/2015
Procedimiento
309/2013 · 390/2013

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/06/2015
    ⚖️ VITORIAProc. 309/2013Auto 10/06/2015

    Advirtiendo error en la inserción del edicto del Juzgado Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, referente al concurso de la mercantil EPIC RACING, Sociedad Limitada, CIF B-01483973, publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 138, de fecha 10 de junio de 2015, se corrige el número del procedimiento concursal del referido edicto, debiendo poner 309/2013. En Vitoria-Gasteiz, 15 de junio de 2015.-

  2. Otro acto concursal10/06/2015
    ⚖️ VITORIAProc. 390/2013Auto 26/05/2015

    Edicto El UPAD Mercantil-Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 390/2013, en el que figura como concursado/a EPIC RACING, Sociedad Limitada, CIF B01483973, se ha dictado el 26 de mayo de 2015, auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa. La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora. Dicho auto es firme, por no caber contra el mismo recurso alguno. En Vitoria-Gasteiz, 26 de mayo de 2015.- El/La Secretario/a judicial.

  3. Apertura de liquidación25/07/2013
    ⚖️ VITORIAProc. 309/2013Auto 10/07/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 309/2013, NIG número 01.02.2-13/009276, por auto de 4/07/2013 se ha declarado en concurso al deudor Epic Racing, Sociedad Limitada, con NIF B-01483973, con domicilio en Vitoria, calle Artapadura, 15, Puerta B2, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Tercero.- Que la administración concursal está integrada por D. Raúl Trujillo Núñez, de profesión letrado. Domicilio postal: Calle Avda. Gasteiz, 20, Bis 1º oficina 1, Vitoria. Dirección electrónica: [email protected] Cuarto.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de La Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). En Vitoria-Gasteiz, a, 10 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.